Política de Combate à Lavagem de Dinheiro (AML) e Conheça Seu Cliente (KYC)
Es la política de Avalon (en adelante, “la Compañía”) prohibir y perseguir activamente la prevención del lavado de dinero y cualquier actividad que facilite el lavado de dinero o la financiación de actividades terroristas o criminales. La Compañía requiere que sus funcionarios, empleados y afiliados se adhieran a estos estándares para prevenir el uso de sus productos y servicios con fines de lavado de dinero.
Para los fines de esta Política, el lavado de dinero se define generalmente como participar en actos diseñados para ocultar o disfrazar los verdaderos orígenes de los ingresos derivados criminalmente, de tal manera que los ingresos ilegales parezcan haber sido derivados de orígenes legítimos o constituyan activos legítimos.
Generalmente, el lavado de dinero ocurre en tres etapas. El efectivo ingresa primero al sistema financiero en la etapa de “colocación”, donde el efectivo generado de actividades criminales se convierte en instrumentos monetarios, como giros postales o cheques de viajero, o se deposita en cuentas en instituciones financieras. En la etapa de “estratificación”, los fondos son transferidos o movidos a otras cuentas u otras instituciones financieras para separar aún más el dinero de su origen criminal. En la etapa de “integración”, los fondos se reintroducen en la economía y se utilizan para comprar activos legítimos o para financiar otras actividades criminales o negocios legítimos. La financiación del terrorismo puede no involucrar los ingresos de conducta criminal, sino más bien un intento de ocultar el origen o el uso previsto de los fondos, que posteriormente se utilizarán para fines criminales.
Cada empleado de la Compañía, cuyas funciones están asociadas con la provisión de productos y servicios de la Compañía y que trata directa o indirectamente con la clientela de la Compañía, se espera que conozca los requisitos de las leyes y regulaciones aplicables que afectan sus responsabilidades laborales, y será el deber afirmativo de dicho empleado llevar a cabo estas responsabilidades en todo momento de manera que cumpla con los requisitos de las leyes y regulaciones pertinentes.
Las leyes y regulaciones incluyen, pero no se limitan a: “Diligencia Debida del Cliente para Bancos” (2001) y “Guía General para Apertura de Cuentas e Identificación de Clientes” (2003) del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, más de cuarenta recomendaciones para el lavado de dinero de FATF, Ley Patriota de los EE. UU. (2001), Ley de Prevención y Suppresión de Actividades de Lavado de Dinero (1996).
Para asegurar que esta política general se lleve a cabo, la dirección de la Compañía ha establecido y mantiene un programa continuo con el propósito de asegurar el cumplimiento de las leyes y regulaciones pertinentes y la prevención del lavado de dinero. Este programa busca coordinar los requisitos regulatorios específicos en todo el grupo dentro de un marco consolidado para gestionar efectivamente el riesgo del grupo de exposición al lavado de dinero y la financiación del terrorismo en todas las unidades de negocio, funciones y entidades legales.
Cada uno de los afiliados de la Compañía está obligado a cumplir con la política de AML y KYC.
Todos los documentos de identificación y los registros de servicios deberán ser conservados por el período mínimo requerido por la ley local.
Todos los nuevos empleados recibirán capacitación sobre el lavado de dinero como parte del programa de capacitación obligatoria para nuevos empleados. Todos los empleados aplicables también deben completar la capacitación de AML y KYC anualmente. La participación en programas de capacitación adicionales dirigidos es obligatoria para todos los empleados con responsabilidades diarias de AML y KYC.