Política de Anti Lavado de Dinero (ALD) y Conheça seu Cliente (KYC)
Es la política de Avalon (en adelante denominado “la Empresa”) prohibir y perseguir activamente la prevención del lavado de dinero y cualquier actividad que facilite el lavado de dinero o la financiación de actividades terroristas o criminales. La Empresa requiere que sus oficiales, empleados y afiliados se adhieran a estos estándares en la prevención del uso de sus productos y servicios con fines de lavado de dinero.
Para los propósitos de esta Política, el lavado de dinero se define generalmente como participar en actos diseñados para ocultar o disfrazar los verdaderos orígenes de los ingresos obtenidos criminalmente, de manera que los ingresos ilegales parezcan haber sido obtenidos de orígenes legítimos o constituyan activos legítimos.
Generalmente, el lavado de dinero ocurre en tres etapas. El efectivo entra por primera vez en el sistema financiero en la etapa de “colocación”, donde el efectivo generado a partir de actividades criminales se convierte en instrumentos monetarios, como giros postales o cheques de viajero, o se deposita en cuentas en instituciones financieras. En la etapa de “estratificación”, los fondos se transfieren o se mueven a otras cuentas u otras instituciones financieras para separar aún más el dinero de su origen criminal. En la etapa de “integración”, los fondos se reintegran en la economía y se utilizan para comprar activos legítimos o para financiar otras actividades criminales o negocios legítimos. La financiación del terrorismo puede no involucrar los ingresos de conductas criminales, sino más bien un intento de ocultar el origen o el uso previsto de los fondos, que más tarde se utilizarán para fines criminales.
Cada empleado de la Empresa, cuyas funciones están asociadas con la provisión de productos y servicios de la Empresa y que trata directa o indirectamente con la clientela de la Empresa, se espera que conozca los requisitos de las leyes y regulaciones aplicables que afectan sus responsabilidades laborales, y será el deber afirmativo de dicho empleado llevar a cabo estas responsabilidades en todo momento de manera que cumpla con los requisitos de las leyes y regulaciones relevantes.
Las leyes y regulaciones incluyen, pero no se limitan a: “Debida Diligencia del Cliente para Bancos” (2001) y “Guía General para la Apertura de Cuentas e Identificación de Clientes” (2003) del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, Cuarenta + nueve Recomendaciones para el Lavado de Dinero de FATF, Ley Patriota de EE. UU. (2001), Ley de Prevención y Supresión de Actividades de Lavado de Dinero (1996).
Para garantizar que esta política general se lleve a cabo, la gestión de la Empresa ha establecido y mantiene un programa continuo con el propósito de asegurar el cumplimiento de las leyes y regulaciones relevantes y la prevención del lavado de dinero. Este programa busca coordinar los requerimientos regulatorios específicos a lo largo del grupo dentro de un marco consolidado para gestionar de manera efectiva el riesgo del grupo de exposición al lavado de dinero y la financiación del terrorismo en todas las unidades comerciales, funciones y entidades legales.
Cada uno de los afiliados de la Empresa debe cumplir con la política de AML y KYC.
Todos los documentos de identificación y registros de servicios deberán conservarse durante el período mínimo de tiempo requerido por la ley local.
Todos los nuevos empleados recibirán capacitación sobre la prevención del lavado de dinero como parte del programa de capacitación obligatoria para nuevos empleados. Todos los empleados aplicables también están obligados a completar la capacitación de AML y KYC anualmente. La participación en programas de capacitación adicional específicos es obligatoria para todos los empleados con responsabilidades diarias de AML y KYC.